Patrick L. Cordero Law Firm

Bancarrota · Cobros de Deudas

Podemos Detener las Llamadas de los Cobradores

Los cobradores de deudas cuentan con que usted no conozca sus derechos. Nosotros nos aseguramos de que los conozca y de que los respeten.

Los agentes de cobros de deudas cuentan con dos cosas: que usted no conozca la ley de cobros de la Florida y que no hable con alguien que sí la conozca. Usan esas suposiciones para intimidar, acosar y amenazar a personas que tienen protecciones legales. Trabajamos de cerca con clientes del sur de la Florida para brindar asesoría legal confiable que le informe de sus derechos y pueda detener las llamadas de cobros inmediatamente.

Un miembro del personal del bufete en una llamada con un cliente en la oficina de Miami

Preguntas Frecuentes de Nuestros Clientes

  • ¿Qué puede hacer para detener las llamadas de cobros en el trabajo?
  • ¿Qué puede hacer para impedir que los cobradores llamen a sus amigos, familiares y vecinos?
  • ¿Cuántas veces al día pueden llamar los cobradores?
  • ¿Pueden los agentes de cobros llamar tarde en la noche o temprano en la mañana?
  • ¿Debería hablar con los agentes de cobros sobre mi cuenta?
  • ¿Hay alguna forma de detener el acoso definitivamente?

Lo Que los Cobradores No Pueden Hacer en la Florida

Dos leyes lo protegen. La ley federal de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas (FDCPA, por sus siglas en inglés) se aplica a los cobradores de deudas externos, como las agencias de cobro. La Ley de Prácticas de Cobro al Consumidor de la Florida (FCCPA, secciones 559.55 a 559.785 de los Estatutos de la Florida) va más allá y también se aplica a los acreedores originales, como el banco que emitió su tarjeta de crédito. Cuando un cobrador viola estas reglas, usted podría demandarlo por daños reales, daños estatutarios adicionales y honorarios de abogado.

Bajo estas leyes, por lo general un cobrador no puede:

  • Llamarle antes de las 8 a.m. o después de las 9 p.m. sin su consentimiento.
  • Llamarle o contactarle a usted o a su familia con tanta frecuencia que constituya acoso.
  • Amenazarle con violencia, usar lenguaje grosero o abusivo, o amenazarle con acciones legales que no puede tomar o que no tiene intención de tomar.
  • Declarar falsamente cuánto debe, o hacerse pasar por un abogado, una corte o una agencia del gobierno.
  • Hablar de su deuda con su empleador, sus vecinos o sus amigos, salvo en situaciones limitadas que la ley permite.
  • Seguir contactándole directamente una vez que sabe que un abogado le representa en esa deuda.

Qué Hacer Cuando un Cobrador lo Contacta

Algunos pasos sencillos protegen sus derechos y mantienen abiertas sus opciones:

  • Lleve un registro. Anote la fecha, la hora, quién llamó y lo que se dijo en cada llamada, y guarde cada carta, mensaje de voz y mensaje de texto. Ese registro suele ser la mejor prueba si un cobrador cruza la línea.
  • Pida al cobrador que valide la deuda. El aviso de validación de un cobrador externo describe un período de 30 días para disputar la deuda. Si usted la disputa por escrito dentro de ese plazo, por lo general el cobrador debe detener el cobro hasta que le envíe la verificación.
  • Póngalo por escrito. Usted puede pedirle por escrito a un cobrador externo que deje de contactarle. Desde ese momento debe detenerse, salvo para confirmar que termina el contacto o para informarle sobre un paso específico que podría tomar, como presentar una demanda. Detener las llamadas no elimina la deuda.
  • No pague bajo presión. Evite prometer un pago o dar información de su cuenta bancaria o tarjeta hasta que haya confirmado la deuda y entienda sus opciones.
  • Nunca ignore los documentos de la corte. Si recibe una demanda, el plazo para responder es corto. No cumplir ese plazo puede resultar en una sentencia en rebeldía, que puede abrir la puerta al embargo de su salario o de su cuenta bancaria.
  • Proteja su salario. La Florida protege el salario del jefe de familia contra el embargo en muchos casos bajo el Estatuto 222.11 de la Florida. La protección no es automática: usted debe presentar un reclamo de exención para hacerla valer.
  • Mire el panorama completo. Si el problema es una sola deuda, la liquidación de deudas podría resolverlo. Si tiene varias deudas en cobro, declararse en bancarrota activa la suspensión automática, que detiene la mayoría de las llamadas de cobro, las demandas y los embargos. Nuestra calculadora gratuita de la prueba de medios le da un estimado rápido de si podría calificar para el Capítulo 7.

Entendiendo Sus Derechos

Nuestros abogados se sientan con usted, evalúan su situación y revisan sus opciones. Si teme cada timbre del teléfono, necesita entender sus derechos. Bajo la ley de bancarrota, los cobros funcionan de manera diferente: la suspensión automática puede detener las llamadas hoy mismo.

Poniendo a su servicio las protecciones y estrategias de reorganización del Capítulo 7 y Capítulo 13, podemos ayudarle a poner fin a las llamadas de cobros mientras protegemos su casa, sus bienes y a su familia. Contacte nuestra oficina para consultar personalmente con Patrick Cordero o uno de sus abogados si está abrumado por llamadas de cobros de:

  • Tarjetas de crédito
  • Préstamos de auto
  • Hipotecas
  • Líneas de crédito sobre el valor de la vivienda
  • Gastos médicos

Preguntas Frecuentes

Preguntas Sobre los Cobros de Deudas en la Florida

¿Pueden los cobradores de deudas llamarme al trabajo en la Florida?

Por lo general, no, una vez que saben que su empleador no lo permite. La ley federal prohíbe que un cobrador de deudas externo le llame al trabajo si sabe o tiene motivos para saber que su empleador prohíbe esas llamadas, así que avísele al cobrador, de preferencia por escrito. La ley de la Florida también prohíbe, por lo general, que cualquier persona que cobre una deuda de consumo, incluido el acreedor original, contacte a su empleador sobre la deuda antes de obtener una sentencia final, con excepciones limitadas como su permiso por escrito.

¿Pueden los cobradores hablar de mi deuda con mi familia, mis amigos o mis vecinos?

En general, no. Con algunas excepciones, como su cónyuge o su abogado, un cobrador de deudas externo solo puede contactar a otras personas para averiguar dónde vive o trabaja usted o cómo comunicarse con usted, y no puede decirles que usted tiene una deuda. La ley de la Florida también prohíbe que cualquier persona que cobre una deuda de consumo, incluido el acreedor original, le contacte a usted o a su familia con tanta frecuencia que constituya acoso.

¿A qué horas pueden llamar los cobradores de deudas, y con qué frecuencia?

Por lo general, los cobradores no pueden llamar antes de las 8 a.m. ni después de las 9 p.m., en su hora local, sin su consentimiento, una regla que aparece tanto en la ley federal como en la Ley de Prácticas de Cobro al Consumidor de la Florida. No existe un límite diario fijo, pero llamar repetidamente para molestarle o acosarle es ilegal. Según las normas federales, se presume por lo general que un cobrador externo que llama sobre una deuda más de siete veces en siete días está llamando con demasiada frecuencia.

¿Debería hablar con un cobrador de deudas sobre mi cuenta?

Usted no está obligado a hablar de la deuda por teléfono. Por lo general es prudente obtener el nombre y la dirección postal del cobrador, disputar la deuda o pedir su verificación por escrito dentro del período de validación de 30 días que describe el aviso del cobrador, y evitar prometer un pago o dar información bancaria hasta que entienda sus opciones. Una vez que contrata a un abogado para la deuda, por lo general los cobradores deben comunicarse con su abogado en lugar de con usted.

¿Puede un acreedor embargar mi salario en la Florida?

Para la mayoría de las deudas de consumo, como tarjetas de crédito y facturas médicas, por lo general un acreedor primero debe demandarle y obtener una sentencia antes de poder embargar su salario. La Florida protege el salario del jefe de familia contra el embargo en muchos casos bajo el Estatuto 222.11 de la Florida, y un jefe de familia es una persona que aporta más de la mitad del sustento de un hijo u otro dependiente. La protección no es automática, así que usted debe presentar un reclamo de exención, y el plazo es corto. Declararse en bancarrota también activa la suspensión automática, que detiene la mayoría de los embargos.

¿Puedo demandar a un cobrador de deudas por acoso en la Florida?

Sí, si el cobrador violó la ley. Tanto la ley federal de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas como la Ley de Prácticas de Cobro al Consumidor de la Florida permiten a los consumidores demandar por violaciones, y usted podría recuperar daños reales, daños estatutarios adicionales y honorarios de abogado. La ley de la Florida tiene mayor alcance porque también se aplica a los acreedores originales, no solo a las agencias de cobro. Estos reclamos tienen plazos estrictos, así que guarde cartas, mensajes de voz y registros de llamadas, y hable con un abogado cuanto antes.

¿Declararme en bancarrota detendrá a los cobradores definitivamente?

Presentar un caso de Capítulo 7 o Capítulo 13 activa la suspensión automática, que detiene de inmediato la mayoría de las llamadas de cobro, las cartas, las demandas y los embargos de salario. Cuando la corte otorga la descarga, a los acreedores se les prohíbe permanentemente cobrarle a usted personalmente las deudas descargadas. Algunas deudas, como la manutención de menores, la pensión alimenticia y la mayoría de los préstamos estudiantiles, no se descargan, por lo que revisamos cada deuda con usted antes de presentar el caso.

Una Consulta Sin Riesgo con un Abogado

Creemos que todos deberían entender sus derechos, opciones y protecciones bajo la ley. Por eso ofrecemos una consulta inicial gratuita a todos los clientes. Aproveche la oportunidad de hablar con un abogado de bancarrota calificado. También atendemos clientes que hablan español.

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